[REDACCIÓN EL FEDERAL] El intendente de Felipe Varela, Yamil Sarruff, admitió que su secretario de Gobierno, Luis Narváez, y otros funcionarios trabajaron en una obra pública sin licitación. Aunque argumentó que fueron contratados por el adjudicatario, las leyes lo prohíben y los involucrados podrían haber incurrido en un delito.

El escándalo estalló luego de que se filtraran fotos en la que se ve al secretario de Gobierno de Villa Unión, Luis Narváez, y otro funcionario, trabajando en una obra de refacción de la Escuela 18 de Villa Unión.

El propio funcionario admitió a EL FEDERAL que había sido contratado por el adjudicatario de la obra, un tal “Emilio Alcaraz”. Y ahora se conoció una entrevista en la que el propio Sarruff habló del tema y confesó: “Le hemos dado la mano de obra a una persona y después él se encarga de buscar quiénes son los que van a trabajar”.  

En la entrevista con Radio Cristal, Sarruff reconoce que en la obra hubo contratos que no pasaron por licitación, a pesar de haber superado el monto máximo que la ley establece para que los municipios hagan compras directas.

“Compramos las chapas por 206 mil pesos porque teníamos un presupuesto que era más económico. Y las colocamos por 75 mil pesos. El cielo raso lo compramos en casi 542 mil pesos. Y acá hay una diferencia: lo hicimos por compra directa. El Tribunal de Cuentas nos autoriza por compra directa hasta 290 mil pesos. Cuando se pasa ese monto hay que pedir que nos hagan control preventivo y nos autoricen para que compremos de forma urgente”, reveló.

“Después la mano de obra la hemos cotizado, nos cobraban 450 pesos por metro cuadrado, y son 600 y pico de metros cuadrados por 306 mil pesos”, añadió, lo que quiere decir que se pagaron, según esos cálculos, 680 metros cuadrados de mano de obra.

De acuerdo a esa versión, esa persona consiguió el contrato e la obra, al parecer por contratación directa, contrató a funcionarios públicos. Pero el artículo 62 de la ley 3.870, que regula el empleo público en La Rioja, prohíbe que los funcionarios públicos “reciban beneficios originados en adjudicaciones otorgadas por la administración pública municipal”.

Esto quiere decir que las leyes provinciales de manera expresa prohíben que los funcionarios se beneficien, directa o indirectamente, de una obra pública. Pero además, los involucrados podrían haber violado el artículo 265 del Código Penal, que tipifica el delito de negociaciones incompatibles con la función pública.

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