Luego de que EL FEDERAL revelara los pormenores del escandaloso cierre de la causa contra el diputado Roberto Luna por acoso sexual, el legislador bloqueó a este medio en Twitter.

La pregunta que se abre es si los funcionarios públicos que utilizan sus redes sociales para compartir información sobre su gestión pueden bloquear a los usuarios o si acaso eso no representa una violación a derechos consagrados en la Constitución.

En los Estados Unidos, por caso, desde el presidente Donald Trump hasta la congresista más joven, Alexandria Ocasio-Cortez, han sido demandados por bloquear usuarios de Twitter. Incluso el Jefe de Estado recibió dos sentencias en contra, en las que lo hallaron culparon de violar la Primera Enmienda de la Constitución del país norteamericano.

La explicación es sencilla: desde el momento en que el político o funcionario utiliza Twitter como un canal de comunicación, no puede bloquear a los ciudadanos e impedir que publiquen opiniones coartando su derecho de libertad de expresión.

Pero hay más, porque la visibilidad de las redes sociales de los funcionarios está directamente relacionada con la trasparencia de la gestión y la posibilidad de que los medios y los ciudadanos en general controlen sus actos.

Lejos de los bloqueos en Twitter, en el caso del diputado Luna, lo que la sociedad necesita son explicaciones. Sí, la causa por acoso sexual en su contra se cerró, pero la justicia ni siquiera abrió una investigación. Y la denunciante, desilusionada, decidió no avanzar tras una fallida apelación.

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