El abogado Andrés Arias Blanco, que representa a la joven que denunció por abuso sexual al concejal Enrique Balmaceda, presentó ayer un pedido de recusación contra tres concejales, a pesar de que no hay ninguna ley que regule ese procedimiento.

En EL FEDERAL estamos de acuerdo con la expulsión de Enrique Balmaceda del Concejo Deliberante. Los testimonios y la pericia psicológica son pruebas suficientes de que no cumple con los mínimos estándares éticos y de conduta que debería tener un representante del pueblo. Sobran motivos para que se vaya. Pero su destitución no debe ser a costa de torcer el procedimiento legal. Que se vaya, pero con los votos de 10 concejales.   

Arias Blanco dejó su escrito en la Presidencia del Concejo de la Magistratura y en algunas comisiones. Pidió que sean recusados del tribunal de juicio político el propio Balmaceda, por un ostensible conflicto de intereses, y las concejalas Lucia De León  y Mónica Villafañe, por haber hecho juicios de valor previos contra la denunciante.

Sin embargo, no hay ninguna norma que regule las recusaciones de los concejales. En efecto, Arias Blanco fundó su petición en leyes que son ajenas a la Función Legislativa.

Citó, en primer lugar, la Ley Orgánica de la Función Judicial, que es la que establece los mecanismos y causales de recusación de jueces de la Función Judicial provincial, no del Concejo Deliberante municipal. En ningún lugar la norma habla de motivos o formas de recusación durante un juicio político, ni siquiera a nivel provincial.

En segundo lugar mencionó el artículo 45 la Ley Orgánica Municipal Transitoria, que establece los deberes de los vecinos y poco y nada tiene que ver con recusaciones y juicios políticos.

Y por último, citó el artículo 112 de la ley 4.044, que es la norma que rige para la actividad administrativa estatal provincial. Ese artículo citado establece el mecanismo de recusación de los “agentes públicos”. Se trata de un procedimiento inaplicable en este caso, primero porque apunta a empleados y funcionarios públicos en expedientes administrativos, y en segundo porque plantea que la recusación debe ser presentada ante el “superior inmediato” y los concejales no tienen “superior inmediato”, lo que demuestra que está pensado para otra instancia del Estado, la Función Ejecutiva.  

El objetivo de la presentación de Arias Blancos es modificar la cantidad de miembros del tribunal de juicio político. La ordenanza 3.284, en sus artículos 39 y 40, establece que se necesita “mayoría de dos tercios de votos sobre el total de miembros del tribunal” para destituir a un concejal en un juicio político. Hoy el tribunal tiene 15 miembros, que son los 15 concejales. Por ende, se necesitan 10 votos positivos, y el peronismo tiene 8, además del noveno voto que aportaría Viviana Díaz. Le falta uno.

Si la presentación de Arias Blanco prospera y tres concejales son recusados, el tribunal pasaría a tener 12 miembros y por ende se necesitaría 8 votos para destituir a Balmaceda.

En EL FEDERAL creemos que Balmaceda no merece el cargo que tiene, que los dictámenes de la comisión investigadora y su procesamiento en la causa penal son suficientes para que sea destituido, pero no a cualquier precio, sino respetando el procedimiento legal y las instituciones. Ojalá sea destituido con 10 votos y no torciendo las normas.