La Corte Suprema de Justicia tiene en sus manos otra decisión clave para Cristina Kirchner: el cobro por la doble pensión vitalicia que percibe. Según las últimas actualizaciones, la cifra que supera los cuatro millones de pesos mensuales. En este contexto, en Comodoro Py se impulsó una investigación sobre el rol de ANSES, que desistió apelar la resolución que le devolvió el beneficio previsional.
Cristina cobra una pensión como ex presidenta y otra como heredera de una pensión similar otorgada a Néstor Kirchner. Logró ante la justicia del fuero de la Seguridad Social un fallo favorable, luego de que el gobierno de Mauricio Macri la obligara a optar por una de las dos pensiones.
Para revertir esta situación, la diputada Graciela Ocaña, de Juntos por el Cambio, acudió a la última instancia judicial: la Corte Suprema, que deberá definir si interviene o se mantiene el doble beneficio.
El Máximo Tribunal, con el que la vicepresidenta tiene un enfrentamiento público, ya rechazó una serie de planteos de su defensa vinculados al único juicio por presunta corrupción que tiene en desarrollo, conocido como el caso Vialidad (por las obras otorgadas a Lázaro Báez).
Según los cálculos oficiales, Cristina recibe unos 4.100.000 pesos en concepto de ambas pensiones vitalicias: equivale a 110 jubilaciones mínimas, de $ 37.525.
El cálculo se realizó en base a los datos que el abogado de la vice volcó en la causa y se actualizó en función las últimas subas: “La vicepresidenta no tiene la movilidad general, sino la de los jueces”, indicaron fuentes del sector previsional.
A favor de la vice, como compensación, cuando volvió a percibir la doble pensión informó que renunciaba a su salario como presidenta del Senado (entonces por encima de los 300.000 pesos) y aceptó seguir pagando Ganancias.
Demanda opositora
El planteo de Ocaña refiere a un hecho de “suma gravedad institucional” y afirma que la ANSES, bajo la conducción de la camporista Fernanda Raverta, “sólo buscó beneficiar” a la vicepresidenta en vez de “defender los intereses del Estado”.
Frente a los valores actualizados, la diputada opositora dijo a Clarín: “La justicia debe remediar este abuso por parte de la vicepresidenta que se arrogó cobrar dos beneficios con la complicidad de ANSES y de la Procuración del Tesoro, cuando se prohíbe la percepción de dos beneficios”.
“Mientras la vicepresidenta cobra unos 4.100.000 pesos, los jubilados en nuestro país perciben una mínima de 37.000 pesos. Este gobierno ha condenado a nuestros adultos mayores a vivir bajo la línea de la pobreza por eso la Corte Suprema debe remediar esto”, agregó Ocaña.
Alejandro Chiti, ex abogado de ANSES durante la gestión macrista, también analizó la situación: “El artículo 5 de la ley prohíbe el cobro de dos asignaciones vitalicias. Por eso, que Cristina Kirchner cobre jubilación y pensión por un total de $ 4.140.000 mensuales, además de inmoral es ilegal”.
En febrero de este año, la ANSES pidió que se rechace el planteo de la referente opositora para que no se reabra la discusión sobre la jubilación de privilegio de la vicepresidenta.
El 18 de noviembre pasado, la Cámara de la Seguridad Social había confirmado que Cristina Kirchner podía cobrar su doble pensión vitalicia, luego de que la ANSES dictaminara a su favor, gracias a que el entonces fiscal -y miembro de Justicia Legítima- Gabriel De Vedia no apeló.
Sin que la única contraparte del pedido de la vice haya cuestionado ese deseo, la sala III de la Cámara de la Seguridad Social -con las firmas de Néstor Fasciolo y Sebastián Russo- confirmó la decisión de primera instancia, y de esa manera quedó firme el fallo del juez Pérez Nami que en diciembre de 2020 le había devuelto a Cristina su doble pensión.
Ocaña apeló la medida ante ese mismo tribunal de alzada. Ese reclamo fue rechazado tras un pedido de la ANSES, que consideró que la discusión estaba concluida y que no debe reabrirse el debate.
Fue justamente por esa medida que la diputada Ocaña acudió a la Corte Suprema de Justicia con un recurso de queja. En el mismo pide, por un lado, ser tenida en cuenta como tercera parte en el caso en representación de los intereses del Estado que se vieron afectados por la decisión de la ANSES. En segundo término, reclama que al ser tenida en cuenta, se anule el fallo que benefició a la vice.