La Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional Secretaria B de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo de la jueza Karina Cabral, resolvió rechazar la acción de Hábeas Corpus interpuesta por el abogado defensor, de Federico Luna, por considerar que “la detención fue es arbitraria, sino que es necesaria para garantizar la seguridad de la sociedad ante la conducción imprudente por ingesta de alcohol del imputado, quien demostró una actitud desaprensiva”.
Durante el fin de semana pasado fue demorado y detenido por conducir en estado de ebriedad. El test de alcoholemia dio como resultado 0.62 gramos en sangre por lo que fue demorado y puesto a disposición del personal policial.
Por su parte la Magistrada instruyó remitir copia de la presente al Juzgado de Instrucción N° 2, poniendo en conocimiento lo resuelto al juez natural de la causa (Barría), que al momento de tomar la decisión de revocar o no la excarcelación del imputado y si le otorgara la libertad, amplié las medidas cautelares procediendo a retener el carné de conducir e inhabilitándolo para conducir vehículos preventivamente y provisoriamente hasta tanto se dicte sentencia definitiva.
A las pocas horas, el juez Daniel Barría ordenó el archivo de la causa penal iniciada por Diaz, ordenando la inmediata libertad.