El Tribunal Superior de Justicia resolvió rechazar la acción de amparo presentado por la Dra. Norma Abate de Mazzuchelli, en contra de las decisiones del Jurado de Enjuiciamiento, por lo que se dispuso revocar la medida cautelar que había suspendido el inicio del juicio.

El TSJ ordenó comunicar al Jurado de Enjuiciamiento esta decisión, por lo que a partir de ahora este instituto deberá deliberar cómo continuar con el proceso que se había puesto en marcha, antes que el TSJ le diera tratamiento a la acción de amparo, medida cautelar y recusación; presentada por Mazzuchelli.

El amparo presentado exponía cuatro argumentos para solicitar la suspensión del Jurado de Enjuiciamiento:

1. Nulidad del proceso de juicio porque consideraba que ya se había cumplido el objeto del mismo;

2. La acusación ya no tenía efecto jurídico;

3. Violación a las garantías de imparcialidad (basándose en dos artículos de la Constitución Nacional que señalan que ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo y aprobar o desechar tratados concluidos con las demás naciones y con las organizaciones internacionales); y

4. Violación al derecho de recurrir la decisión.