Por Angel Flores
El 27 de junio de 2016 no fue un día más. Para una familia riojana, fue el inicio de una pérdida irreparable. Días antes, César Eduardo Sotomayor había sufrido un accidente que cambiaría todo: una calle en mal estado, una trampa invisible en plena ciudad, terminaría costándole la vida. Cuando el abandono mata: un fallo que marca un antes y un después en La Rioja.
No fue un hecho aislado ni una fatalidad inevitable. En la intersección de avenida Lanzillotto y calle Tesorieri, una tapa de alcantarilla sobresalida y un bache —generado por una pérdida de agua que no había sido reparada— transformaron la calzada en un riesgo concreto. No había señalización, advertencias ni intervención preventiva. Lo que debía ser una calle más de la ciudad se convirtió en un peligro fatal.
Detrás de esa escena, la Justicia determinó que existía algo más profundo: falta de mantenimiento, ausencia de control y omisiones que terminaron teniendo consecuencias fatales. Años después del hecho, el tribunal analizó las pruebas, pericias y testimonios, y concluyó que la muerte de Sotomayor no fue producto del azar, sino consecuencia directa del estado defectuoso de la vía pública.
La resolución judicial fue clara y en términos simples: el accidente ocurrió porque la calle estaba en malas condiciones, y esas condiciones dependían de dos responsables. Por un lado, Aguas Riojanas SAPEM, que debía reparar la pérdida de agua que deterioró el asfalto y generó el bache. Por el otro, la Municipalidad del Departamento Capital, que tenía el deber de controlar el estado de la vía pública, señalizar el peligro y garantizar la seguridad de quienes circulaban. Al no hacerlo, ambos incumplieron sus obligaciones.
Por ese motivo, la Justicia determinó la responsabilidad solidaria de ambos organismos. Esto significa que tanto la empresa estatal como el municipio deben responder conjuntamente por los daños ocasionados y pagar la indemnización correspondiente a la familia de la víctima. El fallo remarca que el riesgo estaba en la calle y que el mismo era evitable con mantenimiento y control adecuados.
Durante el proceso, las defensas intentaron atribuir el hecho a otros factores, como la velocidad de circulación o el uso del casco. Sin embargo, el tribunal descartó esos argumentos al considerar que no rompían el nexo causal. Es decir, aun cuando esos factores hubieran existido, la causa determinante del accidente fue el obstáculo peligroso en la vía pública. En otras palabras, el siniestro no se habría producido si la calle hubiera estado en condiciones normales.
La sentencia también reconoció el daño sufrido por la familia en toda su dimensión. Ordenó indemnizar a la viuda y a los hijos de la víctima por las consecuencias económicas y morales derivadas de la muerte
El fallo deja en claro que ninguna cifra puede reparar la pérdida de una vida, pero sí puede establecer responsabilidades y obligar a quienes incumplieron su deber a hacerse cargo.
Sin embargo, pese a la contundencia de la resolución, hasta el día de hoy la familia no ha sido indemnizada, lo que profundiza la sensación de desprotección y obliga a insistir en el cumplimiento efectivo de lo ordenado judicialmente. La decisión es clara: Aguas Riojanas SAPEM y la Municipalidad del Departamento Capital deben cumplir con la condena y responder por las consecuencias del hecho.
El valor de esta sentencia va mucho más allá de lo económico. Este caso marca un precedente en la provincia de La Rioja. Deja en evidencia que el deterioro de las calles, las pérdidas de agua y la falta de mantenimiento no son simples molestias urbanas: pueden provocar accidentes graves e incluso la muerte. Y cuando eso ocurre, hay responsables.
El fallo también envía un mensaje a toda la sociedad: el Estado y las empresas prestatarias tienen la obligación de prevenir riesgos. No se trata solo de reparar después del daño, sino de evitar que ocurra. La omisión, el abandono y la falta de control también generan responsabilidad.
Detrás de este resultado hubo un trabajo jurídico sostenido que buscó justicia para la familia y visibilizar una problemática estructural que afecta a toda la comunidad. En ese camino se destacó la labor de las abogadas intervinientes, Dra. Alejandra Vera Borges y Dra. Ana Camila De Gaetano, quienes impulsaron el caso hasta lograr una sentencia que hoy se presenta como ejemplar.
Fuentes vinculadas a la defensa señalaron a El Federal que tanto el municipio de Capital como Aguas Riojanas habrían intentado mantener con bajo perfil la difusión de los fallos judiciales, con el objetivo de evitar una posible catarata de demandas y denuncias de características similares. Según indicaron, la preocupación radicaría en que la sentencia podría abrir la puerta a reclamos por daños cotidianos derivados del mal estado de las calles y de la infraestructura sanitaria, desde roturas de vehículos y motos hasta accidentes que se reportan casi a diario, además de pérdidas de agua registradas en distintos barrios, situaciones que —afirman— podrían derivar en nuevas acciones judiciales contra ambos organismos.
Porque a veces la justicia no solo repara. También advierte, previene y deja huella. Y esta, sin dudas, es una de esas veces.
