Mediante resolución  Nº 2185 y haciendo uso de las facultades que la ley 7212 prevé, la Administración Provincial de Obra Social resolvió la expulsión de la nómina a una efectora, además del descuento del 0,5% de la facturación final al prestador correspondiente, por negar la cobertura y cobrar la consulta de manera particular.

“Tras una denuncia presentada ante la obra social provincial contra una de nuestras efectoras por negar la cobertura y cobrar la consulta de manera particular a pesar de los convenios vigentes, se activaron los mecanismos de defensa de afiliados y afiliadas previstos para esclarecer el hecho y, en caso de comprobarse, aplicar la sanción correspondiente”, indicó APOS en un comunicado.

En ese sentido se notificó a la profesional para que realice el descargo correspondiente, en el que, según APOS, no se desvirtuó el contenido de la denuncia, existiendo una clara violación a los convenios y normas de facturación vigentes.

“De esta manera, haciendo uso de las facultades previstas en la ley provincial 7212 que faculta a esta administración a aplicar las sanciones previstas para esta falta, se resuelve la expulsión definitiva de la efectora de la nómina de prestadores de APOS”, indicó la obra social.

Por otra parte, se resolvió además aplicar el descuento del 0,5% de la facturación final a dicha entidad.

Asimismo, se informó que se encuentran en la etapa de investigación numerosas denuncias por cobro indebido de plus y otras faltas similares, como la negación de atención a nuestros/as afiliados y afiliadas siendo los profesionales efectores de la misma.

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