El médico formoseño Vicente Antonio Palacio fue detenido luego de negarse a pagar fianza y a realizar trabajos comunitarios tras ser declarado por la Justicia como culpable de violar las normas sanitarias por el no uso del tapabocas dentro de su automóvil.

El hecho ocurrió en agosto del 2020, mientras el profesional de la salud se trasladaba a la localidad de Mojón de Fierro para brindar asistencia médica a afiliados del PAMI. Un control caminero de la Policía lo retuvo y le señaló que no estaba cumpliendo el uso adecuado del barbijo, a pesar de que el médico se encontraba transitando en su vehículo por un camino rural.

“Permanentemente me faltaron el respeto, quisieron esposarme y secuestrarme la camioneta, por no llevar barbijo dentro de mi auto”, relató Palacio en aquel entonces.

Ocho meses después fue condenado por la jueza Venancia Servín, titular del Juzgado de Paz de Menor Cuantía 3 del barrio Juan Domingo Perón.
“La jueza me dio tres opciones, pagar una multa, hacer trabajo comunitario o 10 días de cárcel”, comentó en la puerta de la subcomisaría del barrio Antenor Gauna, donde quedó detenido.

Yo no voy a pagar un peso por algo que no hice –dijo el médico–. Tampoco voy a trabajar gratis para este Estado corrupto, así que acepté los días de arresto. Yo no cometí ningún delito, porque no es ilegal andar dentro de mi vehículo sin barbijo”.

Palacio anunció que durante el cumplimiento de su condena, realizará una huelga de hambre consumiendo solamente el líquido diario necesario para mantener las funciones vitales.

El concejal Miguel Montoya se acercó para asistir y solidarizarse con el médico y dijo: “La situación injusta que está atravesando el doctor Palacios es absolutamente evitable y muestra cómo seguimos resolviendo o gestionando la pandemia sin racionalidad ni sentido común”.

Además, advirtió que “existe un instituto dentro del Código de Faltas que es el perdón judicial, que excepcionalmente puede otorgar el juez de Faltas, por lo cual, de existir voluntad por parte del magistrado esto se podría haber evitado”.

Montoya explicó que el artículo 14 del Código de Faltas de la provincia de Formosa “determina que el juez de Faltas podrá conceder, por resolución fundada y excepcionalmente, el perdón judicial en caso de primera falta, cuando por la levedad especial del hecho y los motivos determinantes o por la concurrencia de circunstancias extraordinarias de mínima peligrosidad, existieren probabilidades de que el autor no volverá a incurrir en infracciones”.

Fuentes: Diario Formosa / El Comercial

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