Un nuevo decreto en el Boletín Oficial de La Rioja generó polémica en la sociedad, tras anunciar que se iniciará sumario administrativo a aquellos empleados estatales que no inicien los trámites jubilatorios. 

Mediante decreto Ley Nº3.870/79 comunicaron que “quedan comprendidos en el segundo párrafo del Artículo 25° de la Ley 3.870, todos aquellos agentes públicos que reúnan los requisitos necesarios de edad y años de servicios para obtener la prestación básica universal (Jubilación ordinaria) prevista en la Ley Nacional 24.241”. 

A su vez indicaron que se verificará e identificará a los agentes públicos que reúnan los requisitos previstos en el Artículo 19° de la Ley 24.241, para acceder a la jubilación ordinaria. 

Lo llamativo es que comunicaron en el Art.2 que “el personal comprendido en tal supuesto será notificado para que, en el plazo de diez (10) días hábiles, acredite haber iniciado los trámites jubilatorios ante la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS), poniendo a disposición del agente las certificaciones laborales correspondientes”. 

Según expresa el art.4: “vencido el plazo acordado en el Artículo 2° del presente anexo, sin que el agente acredite haber iniciado el trámite jubilatorio, a efectos de garantizar su defensa, se le iniciará sumario administrativo”. 

El art.5 establece que “concluido el sumario la causa será girada a la jurisdicción de dependencia del agente a efectos de propiciar el acto administrativo de baja la que será dispuesta por Decreto de esta Función Ejecutiva”. 

Y finalizando el decreto firmado por el gobernador comunica que “las bajas que se hubieren sido ordenadas, en virtud del presente decreto, serán notificadas por los Organismos pertinentes a Autoridad de Aplicación, a los agentes involucrados y a las reparticiones de la que dependieren los mismos”.