Este viernes se condenó a una mujer acusada de impedir el contacto de su hijo con el padre, por pedido del Ministerio Público Fiscal.
El Tribunal del juicio, presidido por la jueza Sara López Douglas de la Sala Unipersonal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional, hizo lugar al pedido del fiscal Rafael Diego López y resolvió condenar a E.G.S a 1 año y 6 meses de prisión de cumplimiento condicional, por considerarla autora penalmente responsable y culpable del delito de “impedimento de contacto de hijos menores con padres no convivientes”.
Soledad Varas, abogada del padre del menor, remarcó que se trata de “una sentencia muy importante”. La abogada comentó que es un juicio que viene tramitándose desde hace cuatro años cuando el menor involucrado tiene cinco años de edad.
“Es lamentable que tengamos que llegar a estos niveles de actuación para poder conseguir un derecho que es natural, como lo es la comunicación de los padres con los hijos que no conviven”, manifestó.
Sostuvo que “estamos viendo que no todas las madres son buenas y no se sabe el fin que persiguen con esto”.
Fuente: Fénix