La Cámara Civil de Chilecito confirmó el procesamiento de Claudia Esther Rodríguez. Es la referente de la inmobiliaria CER, que en agosto de 2020 puso a la venta el 8,55% de la superficie de La Rioja, lo que incluía Laguna Brava, parte del Monte Pissis y dos pueblos. 

El juez Instrucción de Villa Unión, Andrés Romero, había procesado a Rodríguez por tentativa de estafa y ahora la jueza Rita Silvina Albornoz, de la Sala 1 de la cámara chileciteña, rechazó la apelación de esa resolución. 

El caso

Hace casi dos años, la inmobiliaria CER, de Mar del Plata, publicó en el sitio ZonaProp una oferta de venta por 767.647 hectáreas en el oeste de La Rioja. 

EL FEDERAL se contactó en su momento con fuentes ligadas a la operación para averiguar las condiciones de la maniobra, que fue tildada de “estafa” por el gobierno provincial, pero ratificada por los supuestos propietarios. 

La publicación en ZonaProp alegaba que las tierras fueron adquiridas en 1967. Consultadas sobre sus supuestos propietarios y los documentos que los respaldan, las fuentes revelaron: “Es una herencia. Falleció el padre y heredaron los chicos, pero no les interesa ir a La Rioja porque están con proyección de irse al exterior. Ellos quieren agarrar la porción que le toca a cada uno e irse con el dinero a Europa. Por eso la fracción está muy barata”. Y remarcaron que “tienen títulos perfectos, está todo mensurado, todo más que bien”. 

Sin embargo, el gobierno riojano rechazó esa versión y la Fiscalía de Estado presentó una denuncia penal. El caso se instruyó en Villa Unión, donde el juez Romero procesó a Claudia Esther Rodríguez, por ser titular de la inmobiliaria. Lo acusó del delito de estafa en grado de tentativa. 

Esa decisión fue apelada, pero según informó ahora la Función Judicial en un comunicado, “la Sala N°1 de la Cámara Primera en lo Civil, Comercial, de Minas, Criminal y Correccional, de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la Ciudad de Chilecito, a cargo de la jueza, Dra. Rita Silvina Albornoz, resolvió rechazar el recurso”.  

La magistrada alegó en su fallo que el recurso de apelación fue interpuesto fuera de término, por lo que se resolvió declararlo inadmisible por ser “extemporáneo”. 

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