*Por el Equipo de EL FEDERAL ONLINE

En un inesperado giro, la jueza Karina Cabral anuló el fallo que ordenó el procesamiento y la detención de Jonathan Paredes, acusado de amenazas a su ex pareja, cuatro hechos de desobediencia a la autoridad (por supuestos incumplimientos de órdenes de restricción en beneficio de la víctima) y violación del domicilio en el que la denunciante vive con sus hijos.

Según informó la Función Judicial en un comunicado, la única prueba era el testimonio de la víctima, pero en el expediente hay varios elementos, incluidos más de diez testimonios, un acta notarial, videos de las cámaras del 911 y una pericia psicológica realizada por una experta de reconocida trayectoria.

El caso viene de larga data, aunque tomó estado público este año, cuando la víctima denunció que Paredes, sobre quien pesaba una orden de detención dictada 19 días antes, se había ido de vacaciones a Cariló con la jueza Ana Carla Menem, cuya pareja es amigo del acusado.

Fuentes judiciales contaron que Paredes fue finalmente detenido en Córdoba, donde fue acusado de cometer estafas. Lo cierto es que, a siete meses de su arresto, esta semana fue liberado. En un comunicado, la Función Judicial dijo que no basta “la sola declaración de la víctima”, dando a entender que en la causa no habría más pruebas.

Sin embargo, la jueza Gisela Flamini, quien lo había procesado a Paredes, en su fallo de 42 páginas repasa más de diez testimonios y una serie de elementos, que están resumidos en un párrafo de su resolución. Estas son las siete pruebas, que la jueza Cabral consideró insuficientes y que la Función Judicial no mencionó en su comunicado:

1. El testimonio de la víctima, quien ratificó con varios detalles las numerosas denuncias que realizó.

2. El testimonio de una amiga de la víctima, quien dijo haber sido testigo presencial.

3. El testimonio de una persona que no es amigo de la víctima, pero que declaró que pasaba por la calle el día de una de las agresiones denunciadas y que -dijo- terminó sufriendo una feroz golpiza por parte del acusado.

4. El expediente en el que se ordenaron las medidas de restricción que habrían sido violadas.

5. Grabaciones de las cámaras de seguridad del 911 en las que, según la jueza Flamini, “se observa al imputado persiguiendo a la víctima a pesar de la existencia de la medida cautelar”.

6. Un acta notarial en la que, de acuerdo al fallo de Flamini, “constan mensajes, capturas de pantalla y fotografía, donde se visualiza al imputado Paredes queriendo convencer a la víctima que no le coloquen el dispositivo [tobillera], ingresando a la vivienda por la tapia del patrio trasero, y un sinfín de mensajes de voz (todo esto, a pesar de la existencia de la medida [de restricción])”.

7. “Todos los informes del CATI [el equipo a cargo de peritar a las partes] practicados sobre el imputado y la víctima, en donde se constata una situación de violencia de género, con varios tipos de violencia sufridas por la víctima y ejecutadas por el imutado”, dice el fallo.

Sobre este último punto hay que destacar que la pericia, que lleva la firma de la reconocida psicóloga Lucía Rau, presidenta del Colegio de Psicólogos de La Rioja, establece que hay una “alta probabilidad” de que Paredes “realice comportamientos dominantes hacia la denunciante y otras mujeres de su entorno familiar”.

El comunicado de la Función Judicial fue llamativamente duro contra la jueza Flamini. Es verdad que su resolución incluye cierta inconsistencia en cuanto a las fechas y se podrían haber peritado los teléfonos celuares, pero eso es algo que podría haber sido subsanado sin la liberación del acusado.

Por lo pronto, según fuentes judiciales, la causa va camino a tener un capítulo aparte en la justicia federal, debido a que de algunos testimonios podría surgir la posible comisión de los delitos de trata de personas y narcotráfico.

La jueza Cabral, por otro lado, ordenó que a Paredes le coloquen “una tobillera GPS”, pero en la querella creen que debería haber sido un dispositivo dual, que son aquellos que sirven para que la víctima se entere cuando el denunciado se acerca, sobre todo si se tiene en cuenta que el informe pericial considera que hay un riesgo real.

El otro capítulo de este caso que queda pendiente es la denuncia contra la jueza Ana Carla Menem, que parecería ir camino al olvido. La magistrada logró que otra jueza censure a un grupo de personas que, según la querella, la habrían visto en Cariló junto a Paredes. En otras palabras, la justicia les prohibió a los potenciales testigos y a la abogada de la víctima hablar del caso.