El presidente Javier Milei firmó ayer su primer Decreto de Necesidad y Urgencia, que establece que los ministerios que conformarán su gabinete son nueve en lugar de los dieciocho que se encontraban vigentes. El reordenamiento del Gabinete lleva a pensar cuál será el destino de los empleados que conformaban el cuerpo de Ministerios que fueron eliminados.

Qué pasará con los empleados de los ministerios eliminados

Un asesor de Federico Sturzenegger le expresó a TN que ya tienen un mecanismo para el desarme de los ministerios eliminados y para reorganizar el esquema del empleo público tomando de base al artículo 11 de la Ley 25.164.

El mecanismo es el siguiente: cuando un ente dependiente del Estado nacional es derogado, el personal pasa a quedar a disposición del Gobierno por un período mínimo de seis meses y máximo de un año. Durante ese tiempo, cobrarán su sueldo mientras aguardan a ser convocados de otra entidad que pueda llegar a necesitarlos.

“Al año, si nadie lo requirió, se tiene que ir. Sin vuelta atrás, los que no hayan sido requeridos y cuando el Estado lo disponga, cobrarán una indemnización como compensación por la no necesidad de su trabajo. Esa indemnización es un mes por año trabajado”,
 expresó.

“Es el único caso en el que el Estado paga indemnizaciones. Por el resto, son exoneraciones que se dan cuando el ingreso ha sido adulterado o cuando el empleado cometió alguna falta administrativa. Por ejemplo, el que por cinco días no fue a trabajar y no avisó la razón, se queda sin indemnización”, agregó.

Según indica la ley, los empleados que cuenten en su haber con 15 años de antigüedad serán sometidos a un período de espera de 6 meses, mientras los que tienen entre 15 y 30 años, adquieren nueve meses. Aquellos que cuenten con más de 30 años de trabajo, tienen hasta un año.

Cómo será el mecanismo

    *Los empleados quedarán a disposición del Gobierno entre 6 y 12 meses mientras aguardan a ser convocados de otra entidad. Mientras tanto, siguen cobrando sueldo.

    *En caso de no ser convocados, cobrarán una indemnización cuando el Estado lo disponga por la no necesidad de su trabajo. La indemnización consiste en un mes por año trabajado.

    *En caso de que hayan cometido alguna falta administrativa o que su ingreso haya sido adulterado, se les inicia un sumario que, hasta que no sea resuelto, no le permitirá a los empleados cobrar indemnización.