Paula Sánchez Frega (28) es la primera víctima de pornoextorsión del país, que logró llevar a juicio a su ex pareja, el tatuador Patricio Pioli de 36 años, por viralizar un video íntimo sin su consentimiento. Pero no hay un delito específico para esto, no todavía. Las acusaciones en contra de Pioli por los delitos amenazas agravadas y lesiones leves, ya que los fenómenos onocidos comúnmente como “sextorsión” y “pornovenganza” -un término coloquial ampliamente criticado- no constituían un delito en sí mismos al momento de la denuncia. Así, se tuvieron en cuenta otras circunstancias que rodearon el caso como la coacción y el daño psicológico que Pioli le generó a Sánchez Frega, pero no la viralización del material íntimo.

Hubo otros casos en el país. En el Congreso, las cosas comenzaron a cambiar.

Luego que la Comisión de Reforma del Código Penal , presidida por el juez Mariano Borinsky, decidiera incluir a la pornoextorsión como delito en el anteproyecto que presentará ante el Poder Ejecutivo, ahora el Senado de la Nación también trabaja para aumentar las penas de los casos de difusión sin consentimiento de imágenes sexuales obtenidas en la intimidad luego de la presentación de dos proyectos.

La iniciativa de la senadora Claudia Ledesma propone modificar los artículos 155 y 169 del Código Penal, ubicados en el Capítulo sobre Violación de Secretos y la Intimidad, para castigar con hasta $100 mil y tres años de prisión la “difusión y/o publicación de imágenes no consentidas de contenidos de desnudez, sexual o erótico de personas”.

Por su parte, la radical Silvia Elías de Pérez sugiere cambiar el inciso quinto del artículo 117 bis, redactado en el Capítulo del Código sobre Delitos Contra el Honor, para penar la “difusión no consentida de imágenes o videos íntimos a través de cualquier medio de comunicación”.

Paula Sánchez Frega denunció a su ex, Patricio Pioli, por amenazas graves y lesiones leves: la pornoextorsión todavía no era un delito en el Código Penal.

“Cuando tomaron mi causa como testigo por ser la primera del país había leído algo similar en la página de Derechos Humanos y Justicia de la Nación, pero esta vez veo algo más sólido y más conforme a lo que una víctima puede llegar a esperar. La única falencia que observo es que toman como delito si la víctima le envía el material al acusado. En mi caso no fue así porque yo nunca le envié ninguna foto y fue él quien filmó el video con su celular y lo viralizó. ¿Entonces cómo sería para aquellas personas que les pasó lo mismo que a mí?”, explicó a Infobae Sánchez Frega.

Su abogado querellante, Sebastián Andrada, consideró que el proyecto de la senadora Ledesma podría pulirse aún más. “Se queda un poco corto ya que el tipo de delito que exige es que quien lo divulga lo haya recibido por parte de la víctima, aunque sea voluntariamente. Si bien cuando se habla de chantaje no exige que la víctima se lo haya enviado, sí es muy puntual a los efectos de pedir dinero para no viralizarlo”, aseguró.

Andrada plantea un escenario hipotético: “¿Qué pasaría cuando sin la necesidad de exigir plata se amenaza con la divulgación del contenido que el autor filmó?. En el artículo 155 no entra ese delito porque exige que ese video o imagen te lo hayan mandado por WhatsApp o por la vía que sea. Y en el artículo 159 sí prevé la posibilidad que el que filmó te chantajee pero el chantaje tiene un fin específico que es la plata. ¿Y si yo no te exijo plata y divulgo un contenido que filmé con mi teléfono en el marco de la intimidad solo por querer causar un daño? Ese sigue siendo el gran vacío legal que hay”.

Para Sánchez Frega “ese sería el único detalle que habría que rever ya que el proyecto está muy bien hecho” y allana el camino a “todos los casos que ni siquiera han llegado a una instancia judicial y cuyas víctimas han sufrido lesiones físicas y psíquicas irreversibles”.

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El caso de la joven riojana, que explotó en los medios en 2017 como una “pornovenganza”, llevó a redefinir ese concepto porque la idea de la venganza supone que para que ese material salga de la esfera de la intimidad, la víctima tuvo que haber hecho algo. “Pioli filmaba los actos sexuales con su teléfono y el día que decido dejarlo, él los filtró deliberdamente previo a haberme amenazado mediante mensajes de audio que ya fueron presentados ante la Justicia”, recordó Paula, desde casi tres años para lograr una condena que siente jurisprudencia.

Actualmente, su juicio se encuentra suspendido debido a que el magistrado Jorge Chamía -que preside la Cámara Tercera en lo Criminal de La Rioja- decidió dar un paso al costado tras un pedido de recusación del abogado querellante Juan Carlos Pagotto por entender que el magistrado no podía ser imparcial por una cuestión perspectiva de género. El pedido fue denegado. Tras la conformación de un nuevo tribunal, la querella aguarda que la designada jueza Edith Agüero llame nuevamente a juicio y la causa arranque de cero.

“Fue una vergüenza lo que pasó con Champua porque en casos como este es precisamente lo que se necesita del juez es que tenga perspectiva de género. Así y todo lo terminaron recusando. Con todo esto Pioli pretende que la causa se enfríe y se olvide, pero voy a seguir hasta el final a pesar que tenga que volver a declarar y revivir todo lo que me pasó”, remarcó la víctima mientras el acusado continúa con prisión domiciliaria gracias a un Habeas Corpus. El juez Chamia habpia determinado que estuviera preso en el penal provincial hasta que terminara el proceso.

La profesora de fitness Gabriela Fernández Aberastain denunció a su ex y a la que era su pareja por difundir un video íntimo suyo

La profesora de fitness Gabriela Fernández Aberastain (36) es otra de las víctimas de pornoextorsión. Su caso fue el primero de este tipo en la provincia de San Luis, de donde es oriunda, y tiene la particularidad de que fue una mujer la encargada de viralizar su video íntimo. Ese material se lo había enviado Diego Olivieri (40) cuando eran pareja y desde que terminó la relación, en octubre de 2018, él la seguía llamando y acosando para pedirle una segunda oportunidad, según la acusación formulada por Gabriela.

De acuerdo al relato de la profesora de fitness, Tatiana Yacarini (42), que luego fue pareja del hombre, actuó enajenada por los celos al creer que Gabriela todavía mantenía, una relación clandestina con Olivieri al enterarse de la existencia de ese video, que en realidad era viejo.

Actualmente, tanto Yacarini como Olivieri sin investigadados por los delitos de amenazas, distribución indebida de correspondencia, que engloba las conversaciones en las redes sociales, y distribución de material pornográfico a menores de edad ya que el video también le llegó por mensaje privado al perfil Instagram del hijo de Gabriela, que tiene 9 años.

La viralización del video sexual de Gabriela llegó hasta el Instagram de su hijo de 9 años

“La pornovenganza es un modo más de violencia de género porque todavía, y lamentablemente, la desnudez de una mujer o la sexualidad expuesta genera condena social, humillación y maltrato desmedido. Cuando ese video comienza a reenviarse no se puede detener más y sos reducida a un cuerpo. Es más, si en la filmación salís sola como fue en mi caso te destruyen y ponen en tela de juicio tu integridad y tu moral. Por eso, veo con buenos ojos esta iniciativa y ojalá que sea ley”, dijo Aberstain a Infobae.

Y continuó: “La extorsión genera una desesperación y una angustia interminable porque no podés hacer nada. Es un estigma que te duele para siempre, una sensación de humillación frente a tus padres, tus hijos y tus amigos. Y para el resto de las personas desconocidas sos sujeto de burla o descalificación. La peor de las sensaciones es la injusticia, por eso celebro este proyecto. Hoy, la justicia no nos ampara y la sociedad te condena”.

Para el abogado Santiago Olivera, que representa a la profesora de fitness, “aún queda mucho camino por recorrer” en lo que respecta a la violencia de género digital. Dijo que no comparte el nombre dado al proyecto de ley que modifica el Código Penal y que la ubicación dentro del Capítulo III del Título V no es la mejor.

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“Al analizar la normativa propuesta advierto una terminología inadecuada que puede llevar a confusión al momento de la interpretación por el juez como el término ‘contenidos de desnudez’ que figura en el artículo 155. Sugiero su reemplazo y quizás también sea oportuno crear un nuevo capítulo o subdivisión en en el Título III”, explicó Olivera.

“También resulta equívoca la modificación propuesta en cuanto exige como presupuesto para la configuración del ilícito penal la ausencia de ‘expresa autorización’ ya que al terminar el párrafo expresa: ‘incluso si se obtuvo con consentimiento de la víctima’. Es decir, que será punible aunque exista consentimiento o autorización de la víctima”, especificó.

Con el debate ya instalado en la sociedad, la Comisión de Justicia y Asuntos Penales de la Cámara Alta resolvió este miércoles unificar los dos proyectos de ley, dictaminarlo y debatirlo en el recinto de sesiones durante la tercera semana de julio.

Infobae

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