Hace dos semanas salió publicado en el Boletín Oficial. Los funcionarios consultados aseguraron que, en realidad, es una práctica antigua, pero que ahora se desarrolló “una forma homogénea y protocolar” para realizar los dosajes.
¿En qué consiste el protocolo?
Consta de varias etapas. Según lo describe la publicación en el Boletín Oficial, la activación del protocolo debe ser solicitado por el jefe de la dependencia policial que observó alguna anomalía en la conducta del policía en cuestión. De esta manera, debe elaborar una petición de informe, el que debe contener nombre y apellido del policía, DNI, fecha y hora de realización del informe y comisaría interviniente.
Luego de aprobada la solicitud, el efectivo que será sometido al procedimiento de extracción de fluidos de sangre u orina deberá dirigirse hacia el Laboratorio Químico Toxicológico de la Policía de San Juan. Para ello, es fundamental que sea acompañado en todo momento por otro policía de la dependencia interviniente, hasta que se lleve a cabo por completo el protocolo médico-legal, para evitar adulteraciones. El efectivo que acompañe deberá ser del mismo “sexo” que el causante, asegura el Boletín Oficial.
El tercer paso es la intervención del laboratorio, el que deberá tomar una muestra de sangre u orina. En caso de tratarse de análisis de sangre, deberán extraer 4 ml. En caso de orina, se le proveerá al causante un recipiente descartable boca ancha, en el que se conservará la muestra. Ambos tipos de muestras se realizarán en presencia de un efectivo policial para evitar posibles adulteraciones.
Cabe resaltar que las muestras de sangre y de orina tienen un plazo máximo de conservación de 30 días. Cumplido ese plazo, las muestras que no fueron examinadas y procesadas deberán ser descartadas.
En caso de negatividad a realizarse la extracción de fluidos
En este caso, la publicación en el Boletín Oficial afirma: “En caso que la persona se negara a la extracción de sangre y/o toma de muestra de orina, se deberá notificar a la comisaría interviniente en el hecho, para obtener orden del juzgado que instruye y realizar el procedimiento en forma compulsiva”. Hernández sostuvo que se incurriría en una falta grave y hasta podría dar lugar al inicio de un sumario administrativo.