*Por Juan Pablo Parrilla 

El acoso callejero será penalizado en el nuevo Código de Convivencia de La Rioja, si el proyecto es finalmente aprobado por la Legislatura provincial, de acuerdo al texto al accedió EL FEDERAL ONLINE. La iniciativa incluye la obligación de hacer campañas de concientización y establece, como penas, el trabajo comunitario o una multa económica.  

El tema está regulado en la sección segunda del proyecto, dentro de la figura de “acoso sexual en espacios públicos o de acceso público”. Se sanciona, concretamente, el “acoso sexual en espacios públicos o de acceso público, verbal o físico, que hostiguen, maltraten o intimiden y que afecten en general la dignidad, la libertad, el libre tránsito y el derecho a la integridad física o moral de personas, basados en su condición de género, identidad u orientación sexual”. 

 Según el artículo 43 del proyecto, el acoso se puede manifestar a través de distintas conductas:  

  • Comentarios sexuales, directos o indirectos al cuerpo. 
  • Fotografías y grabaciones no consentidas. 
  • Contacto físico indebido o no consentido 
  • Persecución o arrinconamiento. 
  • Masturbación o exhibicionismo, gestos obscenos u otras expresiones. 

De esta forma, pasará a estar penado lo que hoy se conoce como “piropo subido de todo”, como podría ser un “qué linda cola” y ese tipo de comentarios que lamentablemente todavía se pueden escuchar en las calles. El texto no parecería incluir todo tipo de piropos y habrá que ver qué interpretan los jueces como “comentarios sexuales”.

Asimismo, también será punible fotografiar a otro sin su consentimiento, arrinconar a una mujer en la calle o hacer gestos obsenos. La descripción de las conductas es bastante amplia.

Por último, el artículo 45 establece dos penas posibles: 2 a 10 días de “trabajo de utilidad pública” o una multa de 10 a 20 jus, lo que hoy equivale a entre 32.670 y 65.340 pesos.