[REDACCIÓN EL FEDERAL] La justicia imputó por el delito de desobediencia a la autoridad a la intendenta Inés Brizuela y Doria, debido a que el Municipio no cumplió el fallo que ordenó suspender de manera preventiva el cobro del estacionamiento en las calles del centro de La Rioja.  

El expediente fue impulsado por el abogado Matías Cucco, que representa a los cinco vecinos que presentaron un recurso de amparo ante el Tribunal Superior de Justicia para pedir la suspensión del cobro del estacionamiento medido, ya que la adjudicación de la concesión por contratación directa no fue aprobada a través de una ordenanza, tal como exige la ley orgánica municipal. 

En su denuncia, Cucco contó que le aplicaron una multa el 22 de diciembre por no pagar el estacionamiento medido, pese a que el Municipio había sido notificado el 5 de diciembre del fallo del Tribunal Superior de Justicia y a pesar de que el recurso de reposición que impulsó el Municipio fue rechazado. También aportó algunas capturas de pantalla de comunicados en los que la comuna informaba que el cobro seguía vigente.  

La denuncia de Cucco derivó en una causa en el Juzgado de Instrucción Nº3, que conduce la jueza María Eugenia Torres. En ese expediente, el fiscal Martín Onetto pidió que se impulse la investigación e imputó a Brizuela y Doria por el delito de “desobediencia a la autoridad”, que tiene una pena eventual de 15 días a 1 año de prisión. El pedido fue avalado por el juez Héctor Barría, que está reemplazando a la jueza Torres por la feria judicial.

La clave, según el planteo del fiscal, es el artículo 86 del Código Procesal Civil y Comercial de La Rioja, que establece que “ningún incidente planteado por el destinatario de la medida [cautelar] podrá detener su cumplimiento”. 

En la otra vereda, el principal argumento del Municipio ha sido que la sentencia no está firme y que será apelada ante la Corte Suprema.

El tema es bastante más complejo y tiene varias discusiones técnicas que exceden este artículo. Primero, porque habrá una discusión en puerta sobre si el recurso extraordinario suspende o no la ejecución de la sentencia.

Pero a su vez, la Corte Suprema ha dicho en numerosos fallos que, salvo algunas excepciones, el recurso extraordinario no opera contra las resoluciones vinculadas a medidas cautelares. Para que el máximo tribunal intervenga tiene que haber un sentencia definitiva y una medida precautoria no lo es. Todo indica que ningún planeo del Municipio será aceptado por la justicia.

Por lo pronto, el fiscal convocó a una audiencia para la mañana de este jueves para notificar a Brizuela y Doria y para que designe abogado particular.