La jueza Virginia Illanes Bordón, del Juzgado de Instrucción Nº 2 de Chilecito, fue imputada esta semana en dos causas en las que está sospechada de cometer distintos delitos de corrupción. En el primer caso está acusada de cohecho pasivo agravado. En el otro expediente, que EL FEDERAL ONLINE repasa en este artículo, se investiga si tomó medidas de manera irregular para beneficiar a un detenido a cambio de una coima, y de estafar a esa persona unos años después. El fiscal Diego Torres Pagnussat le imputó los delitos de cohecho pasivo agravado, prevaricato y estafa.

La magistrada fue denunciada por una mujer en octubre del año pasado. Dijo que en un caso en el que Illanes Bordón intervino, la jueza modificó arbitrariamente la calificación legal ratificada por la fiscal de cámara para beneficiar a un sujeto que estaba detenido con prisión preventiva y que fue inmediatamente liberado.

Cuatro meses después, según el dictamen del fiscal al que accedió este medio, “Virginia Nelly Illanes Bordón se apersonó conduciendo su camioneta en el domicilio de [la persona beneficiada] y le requirió el pago inmediato de la suma de $300.000, a lo que [el sujeto] le dio la suma dineraria requerida en efectivo y en mano”.

Nota al pie: los $300.000, a la fecha en la que habrían pasado los hechos según la denuncia, equivaldrían a unos 2.750 dólares, es decir, unos $3,5 millones de hoy.

El fiscal sugirió que la jueza sabía que el acusado tenía una buena posición económica y aprovechó la situación para acordar con él acusado y con su abogada. “[La magistrada] Habría acordado beneficiarlo procesalmente ante la gravedad de la imputación penal que pesaba sobre él”, sostuvo el fiscal.

El representante del Ministerio Público Fiscal también subrayó que luego se dieron una serie de hechos llamativos: primero el acusado cambió de abogada, luego su nueva defensora pidió que se defina su situación procesal y finalmente al otro día, sin “fundamento alguno ni elemento probatorio nuevo”, la jueza procesó al sujeto, pero cambió la modificación legal del caso, lo que le permitió ordenar su liberación, pese a que no había quedado firme su decisión.

El fiscal sugirió, además, que la resolución de Illanes estaba escrita de antenamano, como si ya estuviera arreglada. Y destactó que la decisión de liberar al detenido violó el artículo 330 del Código Procesal Penal, que establece que al procesar a una persona privada de su libertad se debe mantener la prisión preventiva.

Un dato llamativo: poco después del fallo de Illanes, el expediente desapareció. Hubo que reconstruirlo y se inició una investigación administrativa.

Unos días después del fallo, el Ministerio Público Fiscal apeló la decisión de la jueza Illanes, quien finalmente fue apartada de la causa por las presuntas irregularidades en su actuación. La denunciante contó que dos años más tarde del supuesto pago de la coima, hubo un nuevo fallo del juez subrogante Alberto Carrizo, quien volvió a cambiar la calificación legal por un delito más grave.

En ese marco, hubo una regulación de honorarios para la abogada defensora, que fue pagada por el acusado. “Transcurridos uno o dos días -dice el dictamen del fiscal- Virginia Nelly Illanes Bordón se comunicó nuevamente [con el acusado] y se apersonó en su domicilio, y le requirió el pago de otro monto dinerario, por lo que [el acusado] le abonó a la magistrada”.

Según el fiscal, fue una estafa. “Utilizó el engaño, al colocar [al acusado] en una situación de error, ya que este pensó que le pago lo realizaba en concepto de honorarios profesionales de su abogada”.

Poco después, el prosecretario del juzgado informó al juez subrogante que el expediente principal había desaparecido otra vez.

Fin.

ALLANAMIENTOS A ESTUDIOS JURÍDICOS Y CASAS DE ABOGADOS: LOS FISCALES BUSCAN DETERMINAR SI HAY MÁS INVOLUCRADOS EN EL CASO APÓSTOLO