*Por Angel Flores

En el Día del Periodista es bueno reflexionar sobre como se maneja la profesión en la provincia de La Rioja. Podemos debatir sobre los periodistas militantes, medios que son solo voceros del gobierno y los otros que proyectan credibilidad al ser críticos de muchos “funcionarios que no funcionan”.

Hasta se podría debatir si esto está bien o si está mal, no importa, la realidad es que unos pocos medios resaltan al periodismo y que al final, es la gente que decide a quién escuchar, ver o leer.

Solo la credibilidad es la única herramienta que cuenta un periodista para ser elegido por la gente, y subestimar a los riojanos es el gran error que cometen muchos políticos, al creer que todo es creíble, manipulable y verdadero.

Y quiero citar una gran definición del ex montonero y periodista kirchnerista Horacio Verbitsky: “Periodismo es difundir aquello que alguien no quiere que se sepa, el resto es propaganda. Su función es poner a la vista lo que está oculto, dar testimonio, y por lo tanto, molestar. Tiene fuentes, pero no amigos. Lo que los periodistas pueden ejercer, y a travéz de ellos la sociedad, es el mero derecho al pataleo, lo más equitativo y documentadamente posible. Criticar todo y a todos. Hechar sal en la herida y guijarros en el zapato. Ver y decir el lado malo de cada cosa, que del lado bueno se encarga la oficina de prensa, de la neutralidad, los suizos, del justo medio, los filósofos, y de la justicia, los jueces”.

En La Rioja comenzó a tratarse el proyecto de Reforma Constitucional presentado por el Gobierno y sus repetidas críticas al periodismo desde el ejecutivo, alertaron hasta medios nacionales por la lectura de los artículos en referencia a la “Libertad de Pensamiento, Libertad de Expresión, Libre acceso a la información pública, Protección a la Libertad de Prensa, Abuso a la Libertad de Expresión o de Prensa y Protección a la intimidad”.

Dice el artículo 36 titulado “abuso a la libertad de expresión o de Prensa”:

  • Se considerará abuso a la libertad de expresión o de prensa los hechos constitutivos de delitos comunes, quedarán sujetos a las responsabilidades patrimoniales ulteriores del ejercicio individual de derechos de quienes hayan visto afectado su honor, intimidad, dignidad o hayan sido privados indebidamente del derecho a réplica”. 
  • “La utilización de los medios de comunicación social con el objeto de suplantar funciones jurisdiccionales, imponer e influir el contenido de las resoluciones judiciales, en condiciones que excedan el legítimo derecho a la libertad de expresión e información, se considera lesiva para la independencia judicial y sujeto a responsabilidad ulterior”.
Convencioles Constituyentes

Este punto es, según abogados constitucionalistas consultados por este medio, son una violación a la Constitución Nacional y un peligroso antecedente para el ejercicio del periodismo, especialmente al de investigación. No hay otra interpretación, y si la cuentan de otra manera, es mentira.

Si un funcionario, político o sindicalista que es investigado por el periodismo terminase procesado y condenado por la justicia, el sospechoso de hechos de corrupción podría iniciarle acciones judiciales al periodista por investigarlo

Si el periodismo que investiga al poder obtiene una reivindicación en la justicia con la posterior apertura de causas judiciales sería un hecho judicializable para el gobierno de La Rioja. O sea, este artículo implica el fin del periodismo de investigación local. 

Ahora, ¿quién tiene la capacidad para determinar si una nota periodistica es “lesiva” y que se encuadra en un “abuso a la libertad de expresión”?

Y si la propia mala interpretación lo avala, la Constitución Nacional refuta cualquier intento en contra, norma, idea o proyecto.

Existen distintas disposiciones que protegen a la libertad de prensa, entre ellas encontramos que la Constitución Nacional de 1853-1860 contiene los artículos 14 “Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos: A publicar sus ideas por prensa sin censura previa” y el artículo 32 “El congreso federal no dictará leyes que restrinjan la libertad de imprenta o establezcan sobre ella la jurisdicción federal”. Con la reforma constitucional de 1994 se agregó al artículo 43 “No podrá afectarse el secreto de las fuentes de información periodística”.

A nivel internacional podemos encontrar la Convención Americana de Derechos Humanos, la Convención sobre los Derechos del Niño y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Convención Americana de Derechos Humanos: Artículo 13. Libertad de Pensamiento y de Expresión.

1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.

Clarito ¿no?.

En definitiva, cualquier avance en contra de la libre expresión, si se aprueba el artículo 36 de la Reforma Constitucional de La Rioja, va a terminar en la Suprema Corte de Justicia, donde no hay capacidad de interpretación sobre el “abuso de la libertad de expresión”, por sobre lo que dice la misma Constitución Argentina.

A los Convencionales Constituyentes:

No cometan el grave error de cercenar la libre expresión de los periodistas y comunicadores de La Rioja, sería una reverenda “burrada”, que los expone por el solo hecho de ser leales a alguien que quizás no quiere ser criticado o investigado, según el propio Verbitsky . ¿Saben porqué?, porque tampoco ninguno de ustedes estudió periodismo o hizo una nota o crónica en algun diario o portal digital, ni tampoco estuvieron detrás de un micrófono en una radio o estudio de televisión.

Como elegidos Convencionales Constituyentes, no dudo en la capacidad de cada uno de ustedes para diferenciar lo que está bien, y lo que está mal. Esto está mal y no tiene medias interpretaciones.

Ustedes son parte de la gente que consumen lo que quieren ver, escuchar o leer. Parte de la libertad que tenemos los argentinos.

“El periodista no es un simple cronista de los acontemientos, es también un archivo de la historia que está ocurriendo y es además, un intérprete de los sucesos que le toca cubrir”. Petra Secanella.

FIN