Se elevó a juicio la causa contra trece personas integrantes de una comisión directiva, como supuestos coautores del delito de “Defraudación por Administración Fraudulenta”.
El caso saltó en 2012, tras una denuncia formulada por los afiliados del sindicato de curtidores, quienes emplazaron en distintas oportunidades a los miembros de la comisión a hacer la correspondiente rendición de cuentas del período correspondiente a 2011/2012.
Tras una auditoría se habrían corroborado numerosas irregularidades en cuanto a omisiones de inscripciones, mala administración de fondos y faltantes de ingresos.
Para la configuración del tipo penal de la administración fraudulenta, el o los autores deben tener a su cargo el manejo, la administración o cuidado de los bienes o intereses pecuniarios ajenos, especialmente de órganos de personas colectivas.
El delito concreto es violar los deberes -en función del manejo, administración o consulta de los bienes ajenos- que ejerce el agente, esto es, exceder arbitrariamente las facultades conferidas mediante actos no permitidos, o incumplir las obligaciones acordadas, perjudicando de esta manera, a todos los asociados del sindicato.
Fuente: Fénix